Si alguna vez te has planteado proteger una creación quizás te hayan surgido dudas ¿pertenece al ámbito de la propiedad intelectual o industrial?, ¿qué diferencias hay entre una y otra?,
¿Qué es la propiedad intelectual?
La propiedad intelectual se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.
Se divide en dos categorías: Propiedad Industrial y Derechos de autor.
Propiedad industrial:
A diferencia de los derechos de autor, que nace por la mera creación, necesita del registro en las oficinas de patentes y marcas y su no uso o renovación en unos períodos de tiempo relativamente cortos, por ejemplo 10 años en España, da lugar a que los titulares pierdan los derechos sobre las mismas. Tiene un carácter exclusivamente comercial.
La propiedad industrial abarca las patentes de invención, las marcas, los diseños industriales y las indicaciones geográficas.
Las patentes facultan a su titular a decidir si la invención puede ser utilizada por terceros y, en ese caso, de qué forma.
La marca es un signo que permite diferenciar los productos o servicios de una empresa de las demás.
El diseño industrial, dibujo o modelo industrial constituye el aspecto estético u ornamental de un artículo. Puede ser tridimensional o bidimensional.
Las indicaciones geográficas son un signo utilizado para productos que tienen un origen geográfico concreto y cuyas cualidades, reputación o características se deben esencialmente a su lugar de origen
Derechos de autor:
Los derechos de autor que abarca las obras literarias (por ejemplo, las novelas, los poemas y las obras de teatro), las películas, la música, las obras artísticas (por ejemplo, dibujos, pinturas, fotografías y esculturas) y los diseños arquitectónicos. Así, al contrario que la propiedad industrial, los derechos de autor se reservan a la protección de las creaciones en las que se plasma la personalidad del autor, es decir, aquellas únicas. que no se pueden producir industrialmente o en serie.
El derecho de autor incluye los denominados derechos morales y los derechos patrimoniales.
Los derechos morales son a los que más referencia hace la legislación española e incluyen aspectos como el reconocimiento de la condición de autor de la obra o el reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones. También, el derecho de exigir el respeto a la integridad de la obra y a la no alteración de las mismas.
Los derechos patrimoniales, por su parte, son aquellos susceptibles de tener un valor económico y suelen estar asociados al Copyright o derecho de copia.
4 comentarios
Enhorabuena por el post, muy completo y con unas explicaciones muy claras. Mucha gente confunde ambos conceptos pero este artículo es de gran ayuda para saber las diferencias entre todos estos tipos. Gracias por compartir, saludos.
La propiedad intelectual como bien indicas en el post se trata de las creaciones de la mente que puedan llegar a ser un negocio. Estas se dividen en dos, propiedad industrial y derechos de autor, pero ambas categorías protegen lo mismo, esa idea.
Muy buen aporte, me sirvió de mucha ayuda,,, gracias
No hay de qué, ¡gracias a ti! 🙂